lunes, 23 de enero de 2017
El Tribunal Supremo rechaza anular la marca ‘Toro’ de Osborne porque el toro no es símbolo oficial de España
El origen del pleito arranca de una demanda planteada por el Grupo Osborne reclamando la nulidad de la marca denominativa “Badtoro”, por violar las dos marcas denominativas “Toro” que tiene registradas Osborne para diferentes productos.
La Sala I del Tribunal Supremo ha rechazado anular la marca ‘Toro’ de Osborne porque el toro no es un símbolo oficial de España. El alto tribunal ha desestimado las demandas de nulidad de marcas denominativas que se habían cruzado Osborne y “Badtoro”, ésta última de la firma Jordi Nogués S.L., por lo que no anula ninguna de las dos.
La sentencia rechaza la petición de Osborne de suspensión de prejudicialidad civil hasta que el Tribunal General de la Unión Europea resuelva otro asunto que tienen pendiente ambas empresas. El Supremo argumenta que en ese caso intervienen otros elementos en la valoración sobre el riesgo de confusión entre las respectivas marcas, como son los gráficos (denominación “Badtoro” más un gráfico de la cabeza de un toro de color negro), que no se contemplan en el pleito que ha resuelto el Supremo, restringido a las marcas denominativas “Toro” y “Badtoro”.
http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES
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