jueves, 16 de febrero de 2017

El Tribunal Supremo rechaza aplicar la eximente de desistimiento a un etarra que avisó de la colocación de una bomba

La Sala considera que no hizo todo lo que estaba en sus manos para desactivarla.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado aplicar la eximente de desistimiento activo a un etarra que avisó de la colocación de una bomba trampa porque no hizo todo lo que estaba en sus manos para desactivarla.

Según los hechos probados, Eneko Gogeaskoetxea Arronategui junto a otro compañero del comando KATU colocó en un solar de Durango una bomba trampa con la finalidad de que alcanzara de lleno y mortalmente a algún miembro de la Ertzaintza que acudiera al lugar a desactivarla. Como señuelo, el artefacto contaba con varios cócteles molotov, que eran visibles, a diferencia de la carga explosiva, tres kilos de cloratita, que estaba cubierta con piedras y basura.

Sobre la 1,00 horas del 14 de junio de 1997, llamaron a la Policía Municipal de Durango en nombre de ETA advirtiendo de la colocación de unos cócteles molotov, que no fueron localizados en una primera inspección. Sobre las 15 horas, volvieron a llamar a la emisora Eguin Irratia para avisar de la colocación de una bomba trampa e indicando que habían avisado la víspera y que no habían hecho nada. El artefacto no llegó a explosionar por rotura accidental de la cartulina que impedía que se cerrara el circuito eléctrico, que se mojó con la lluvia que cayó durante la noche. Sobre las 17,22 horas de ese mismo día, la Ertzaintza logró desactivarla.



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