viernes, 31 de marzo de 2017
El Tribunal Supremo establece que negarse a la segunda prueba de alcoholemia tras dar positivo en la primera es delito
El Pleno de la Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que inaugura una modalidad de recurso de casación introducida en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2015

El Supremo ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 9 de Madrid, luego ratificada por la Audiencia de Madrid, que condenó a un conductor por tres delitos: por la negativa a someterse a una segunda prueba de alcoholemia a la pena de 6 meses de prisión; por conducir bajo los efectos del alcohol, a pagar una multa de 1.080 euros; y por conducir sin licencia, a multa de 2.160 euros.

http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES