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  1. #1
    viernes, 2 de junio de 2017
    2440

    El Supremo rechaza que parejas de hecho inscritas en Vigo deban hacerlo también en Galicia para cobrar de la Seguridad Social

    El alto tribunal recuerda que en este caso, la existencia de la pareja de hecho se acredita con la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamiento del lugar de residencia.

    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  2. #2
    jueves, 8 de junio de 2017

    El TSJCV confirma la absolución de un “cobrador del frac” que entró en una vivienda para cobrar una deuda
    La Audiencia de Valencia le absolvió tras el veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado al no considerar probado que accediera a la casa del deudor sin permiso, ni que amenazara a la familia


    Los hechos sucedieron en enero de 2014 cuando el hombre absuelto acudió a un domicilio particular de Alfafar, vestido con traje negro y con un coche rotulado como “Cobrador del Frac”, para notificarle una deuda al dueño de la casa. Según el relato de hechos probados, el cobrador fue recibido por la madre del deudor, de 84 años, y por su esposa, con las que conversó y a las que dejó una tarjeta de visita con el membrete del “Cobrador del Frac”.

    Al día siguiente, el dueño de la casa denunció al recaudador por entrar en su domicilio sin permiso y amenazar a su madre y a su pareja. Durante la celebración del juicio oral, el Fiscal solicitó dos años de prisión por un delito de allanamiento de morada y otros dos años por un delito de amenazas. Por su parte, la acusación particular solicitó una pena de tres años de prisión por el primer delito y dos años por el segundo delito.

    La sentencia, confirmada ahora por el TSJCV, considera que, tras la declaración del acusado y de los testigos, y las documentales, no existen pruebas para condenar al acusado. Además, la Sala explica que durante el juicio no se demostró por parte de las acusaciones que el “Cobrador del Frac” amenazara a las dos mujeres o allanara su vivienda, como mantenía el deudor en su denuncia.

    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

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