29/05/2017
Un juzgado prohíbe a Orange comunicarse con un excliente y su familia por acoso telefónico.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Valencia ha prohibido a la compañía Orange comunicarse con un excliente y su familia, incluyendo una hija menor de edad, mientras se resuelve una denuncia por acoso telefónico que este cliente interpuso a esa empresa de telefonía móvil.
Según consta en un auto, al que ha tenido acceso Efe, esta prohibición es consecuencia de la adopción de una medida cautelar solicitada por el cliente, abogado de profesión, ante la supuesta insistencia de la compañía en reclamar una deuda que, por resolución del Ministerio de Industria, había quedado correctamente extinguida.
En declaraciones a EFE, este abogado ha explicado que "es la primera vez en España que se investiga un caso de acoso telefónico de estas características y también la primera ocasión en la que se impone una prohibición de comunicación como medida cautelar a una compañía de telefonía móvil".
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http://www.elmundo.es/comunidad-vale...34b8b460e.html
Una práctica algo más que molesta, llegando a ser un acoso.
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