jueves, 16 de febrero de 2017

La Audiencia de Valencia absuelve a un cobrador del frac que entró en una vivienda para cobrar una deuda.

El jurado popular emitió veredicto de no culpabilidad al no considerar probado que accediera a la casa del deudor sin permiso ni que amenazara a la familia. La fiscal solicitaba cuatro años de prisión por un delito de allanamiento de morada y otro de amenazas

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un “cobrador del frac” que entró en la vivienda de un hombre de Alfafar para notificarle una deuda. La Sala absuelve al acusado después de que un jurado popular emitiera un veredicto de no culpabilidad al considerar que no había pruebas que demostraran que el hombre cometiera un delito de allanamiento de morada y de amenazas, como mantenían las acusaciones.

Los hechos sucedieron en enero de 2014 cuando el hombre absuelto acudió a un domicilio particular de la localidad valenciana de Alfafar, vestido con traje negro y con un coche rotulado como “cobrador del frac”, para notificarle una deuda al dueño de la casa.

Según el relato de hechos probados, el cobrador fue recibido por la madre del deudor, de 84 años, y por su esposa, con las que conversó y a las que dejó una tarjeta de visita con el membrete del “cobrador del frac”.
Al día siguiente, el dueño de la casa denunció al recaudador por entrar en su domicilio sin permiso y amenazar a su madre y a su pareja.


http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES