Período de referencia de marzo: del 29 de febrero al 3 de abril. 187'5 horas.

Los que el 24 y 25 estén de servicio o de descanso tienen la deducción de 7'5 horas/día por festivo, que hay que aplicar en este período de referencia.

La deducción de las 7'5 horas de esos días festivos que se aplicaría en el período de referencia siguiente (el de abril), sería para los que estén de permiso de Semana Santa en esas fechas.