Por lo pronto es un tema relativo al Código Civil, que podría terminar en un delito penal.
El Alcalde es una autoridad, por tanto puede tomar unas medidas preventivas ante una determinada situación para lo cual si lo entiende necesario puede ordenar el auxilio de Fuerza Policial, con la finalidad de la ejecución de las medidas preventivas.
Salvo situaciones que afecten a personas de forma inmediata tales como trato, comida, ..., debe hacer el correspondiente documento de cese, en el que deberán estar los motivos y preocuparse de que el gerente reciba el escrito antes de la ejecución, salvo situaciones graves o muy graves que afecten a personas de forma inmediata o que esten ocurriendo hechos de esa indole.
Por mi interpretación, el asunto de la cita tal como esta descrito es porque no hay peligro para las personas de ningún tipo, por lo cual la intención es hacer ver que lo hace con motivo de poder alegar que se ha visto obligado a hacerlo en aras del bien social y para proteger la integridad de las personas, y que ha tratado de llegar a un acuerdo para el cambio de la concesión del servicio de la empresa A a la B. El motivo es que la empresa A, denunciará y solicitará daños y perjuicios entre los que alegará el uso de material propio, por lo cual tendrá derecho a una indemnización así mismo alegará que el material es nuevo y que cuando se lo han devuelto esta usado y posiblemente con desperfectos. Respecto a los documentos podría tratarse de una ilegalidad porque los ha obtenido por secuestro, y todo lo que ponga no lo podrá usar contra la empresa para argumentar el cese de la empresa A, sin contar que si entre los documentos se encuentran los ficheros de los trabajadores, nóminas, ..., la empresa A podría pagar más tarde, menos finiquitos, etc, argumentando que carece de los soportes por tenerlos el alcalde, cuando los trabajadores protesten por recibir menos cuantías económicas.
En el caso de la Guardia Civil, entiendo que podría hacer entrega en el Juzgado tanto de la orden del alcalde, así como un relato de los hechos.
Cuando vayan a juicio el alcalde y la empresa A, ganará casi con seguridad la empresa A, el alcalde saldrá condenado, durante las diferentes fases del juicio, el alcalde tratará de alargarlo para que el delito prescriba, y como es alcalde en primer lugar pagará el Ayuntamiento, el cual se lo hará pagar a los ciudadanos con un aumento de los impuestos.
Otra cuestión es investigar la relación entre el alcalde y la empresa A, porque todo podría ser un teatro para ganar dinero a costa del erario público. Por supuesto también habría que ver que tipo de relación tiene el alcalde con la empresa B.
En fin un tema farragoso, porque podría ser legal si afecta a la integridad de personas y si no se cumplen las condiciones del contrato o adjudicación, aunque normalmente siempre la Administración le envia previamente y con unos días de antelación la carta certificada con la fecha de cese y su motivación exacta. En caso contrario prodría ser un tema de corrupción.
Un saludo.
p.d.- no pongo las leyes jurídicas porque sería un tocho de varias páginas, habría que remontarse también a las sentencias que sientan jurisprudencia, y a las leyes de contratos mercantiles, y por supuesto al C. Civil. En caso de corrupción al C.P. y a la última ley de corrupción emitida por el Gobierno y las sentencias que sientan jurisprudencia. Vamos bucear en la base de Aranzadi.
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