Negarte no puedes, pues el servicio se ha nombrado, lo que si puedes es INSTANCIAR solicitando realizar servicios de 8 horas como norma general, que es lo que marca la Orden General.
Una vez te contesten, si no te gusta la respuesta puedes recurrirla en alzada y después en el Orden Contencioso-Administrativo, y si procede pues reclama daños o lo que quieras.
Te aconsejo que no te niegues a hacer un servicio.
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