Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 1 al 10 de 17

Vista híbrida

Mensaje anterior Mensaje anterior   Próximo mensaje Próximo mensaje
  1. #1
    se puede pedir 7 dias en tres meses diferentes por ejemplo? Ir pidiendo de 7 hasta completar los 3 meses?

  2. #2
    Yo lo he pedido varios años en el mes de agosto y me lo concedieron aunque sé de gente que se lo denegaron.
    Vacaciones te las prorratean para el año en curso, los aps también, yo para diez a doce dias me quitan un día vacaciones y un ap.
    Cuando lo pidas empieza por un miércoles y termina por un viernes, recuerda que tenemos la obligación de descansar dos días a la semana deducibles.
    Un saludo.

  3. #3
    Entiendo se puede pedir 7 dias de agosto y 7 dias de septiembre por ejemplo,gracias

  4. #4

    licencia asuntos particulares

    Yo he disfrutado de 3 licencias de 3 meses cada una, para pegarme viajes grandes...y es lo que pienso hacer a años alternos. un año si y uno no, junto 3 meses de licencia más las vacaciones y a recorrer mundo...

  5. #5

    Explicación sobre las licencia de asuntos propios

    Tú si que sabes, lo demás tonterías, enhorabuena por poder hacer lo que te gusta y por poder disfrutarlo
    salu2

  6. #6
    Cita Iniciado por general Ver mensaje
    Yo he disfrutado de 3 licencias de 3 meses cada una, para pegarme viajes grandes...y es lo que pienso hacer a años alternos. un año si y uno no, junto 3 meses de licencia más las vacaciones y a recorrer mundo...
    No tiene que pasar dos años cuando ya has disfrutado una de 3 meses? Un saludo

  7. #7
    Desde cuando se cuentan los 2 años, desde el primer día que se empezó a disfrutar de la licencia anterior o desde el último día que se estuvo de licencia? Gracias.
    Última edición por Nike30; 15/09/2021 a las 11:33 Razón: Rectificación

  8. #8
    Esto dice la norma,

    1. La licencia por asuntos propios podrá concederse, siempre que las necesidades de servicio lo permitan, de forma que su duración acumulada no exceda en ningún caso de noventa días naturales en cada período de dos años de servicios efectivos prestados, contados desde la fecha de inicio de la primera de ellas.

    Entonces si pides 30 dias en marzo por ejemplo, los dos años no empezarian a contar hasta que gastaras los 60 restantes? Gracias
    Última edición por guardia82; 20/09/2021 a las 06:24

Marcadores