Artículo 7. Méritos de carácter específico. Tipos y baremación.

"1. Los méritos de carácter específico deberán estar directamente relacionados con los cometidos que han de desempeñarse en los destinos. Son méritos de carácter específico de tipo profesional con la limitación máxima de su baremación los que a continuación se relacionan:

a) Aptitudes o especialidades obtenidas en el sistema de enseñanza de perfeccionamiento y altos estudios profesionales de la Guardia Civil o en otros centros docentes, civiles o militares, nacionales o extranjeros, en los que la asistencia del personal del Cuerpo sea organizada o promovida por la Guardia Civil o sean de interés para la misma. Incluirá los títulos obtenidos y las actividades formativas de especialización, ampliación o actualización de conocimientos y aptitudes. El límite máximo de su baremación será de 25 puntos."

No entiendo nada, en este artículo deja abierto el hacer los cursos por fuera, además los cursos de la INAP vienen publicados en el BOGC, por tanto, se entienden promovidos o de interés para la G.C.