El gobierno determina los núcleos urbanos que son competencia del cnp. No hay más.
¿y entonces como se impone si la demarcación es de GC o CNP? ¿algún juego en especial tipo jugar a los dados?
Como decía aquel humorista, un poquito de por favor. Leamos más legislación y menos bulos, lo único que puede alterar una ley es el poliquiteo e intereses de unos poderosos.
El gobierno determina los núcleos urbanos que son competencia del cnp. No hay más.
La verdad es que meter una vez la pata, pues vale. Pero si persistes en tu error y encimas intentas dar consejos a los demás para que lean más legislación como si ellos fueran los lerdos llega el momento en que alguien te tiene que cortar el rollo.¿y entonces como se impone si la demarcación es de GC o CNP? ¿algún juego en especial tipo jugar a los dados?
Como decía aquel humorista, un poquito de por favor. Leamos más legislación y menos bulos, lo único que puede alterar una ley es el poliquiteo e intereses de unos poderosos.
La distribución de CNP y GC la marca la L.O. 2/86, que no es ningún juego de dados sino una ley orgánica. Ahí, como ya te han puesto, verás que claramente se especifica que CNP lleva capitales de provincia y núcleos de población que el Gobierno determine. Y la GC lo demás.
No hay ninguna norma que diga nada del número de habitantes, de hecho ahí tienes Jaca (13.000 habitantes) que es demarcación de CNP y ciudades que son demarcación de GC. Eso lo estableció en su día el gobierno y, como puedes ver, nada tiene que ver con el número de habitantes. Eso sencillamente es un bulo que repetido mil veces algunos intentan convertir en verdad.
Y ahora, si puedes, rebate lo que he dicho. Si no vas a copiar la ley o normativa que ampara lo que dices por lo menos deja de llamarnos ignorantes a los demás.
Según la ley 2/86, el CNP en capitales de provincia y ciudades donde el gobierno determine, el resto G.C.
Creo que hay otro bulo por ahí que dice que la GC paga una multa a Europa por tener los uniformes verde
Otro bulo como una casa.
Yo personalmente me encargué de "investigar" ese asunto porque tuve la discusión con un compañero... y llegué a la raíz del bulo. Sencillamente existe una recomendación de Europa para que todas las policías europeas sean civiles y vistan de azul. Ya está, una recomendación que existe desde hace años, que ni es obligatoria ni implica sanción.
Y venga la burra al trigo, estamos honrados de tus explicaciones que en nada se sustentan.Ley 2/86 FCS, a partir de ahí decisiones políticas que por otra parte no me extraña que sucedan ya que la Guardia Civil hace tiempo que abandonó la Seguridad Ciudadana.
Exacto, la GC tiene la seguridad ciudadana totalmente abandonada, la Policía Nacional todo lo contrario, y estos son los resultados.
Hace un tiempo había un post que decía "saben los generales que estamos perdiendo seguridad ciudadana?"
Y la pregunta debería ser "Les importa a los generales que..."
Estas funciones serán ejercidas por cada cuerpo de acuerdo con los siguientes criterios:La verdad es que meter una vez la pata, pues vale. Pero si persistes en tu error y encimas intentas dar consejos a los demás para que lean más legislación como si ellos fueran los lerdos llega el momento en que alguien te tiene que cortar el rollo.
La distribución de CNP y GC la marca la L.O. 2/86, que no es ningún juego de dados sino una ley orgánica. Ahí, como ya te han puesto, verás que claramente se especifica que CNP lleva capitales de provincia y núcleos de población que el Gobierno determine. Y la GC lo demás.
No hay ninguna norma que diga nada del número de habitantes, de hecho ahí tienes Jaca (13.000 habitantes) que es demarcación de CNP y ciudades que son demarcación de GC. Eso lo estableció en su día el gobierno y, como puedes ver, nada tiene que ver con el número de habitantes. Eso sencillamente es un bulo que repetido mil veces algunos intentan convertir en verdad.
Y ahora, si puedes, rebate lo que he dicho. Si no vas a copiar la ley o normativa que ampara lo que dices por lo menos deja de llamarnos ignorantes a los demás.
Por el Cuerpo Nacional de Policía en las capitales de provincia y en los términos municipales y núcleos urbanos que el gobierno determine (actualmente el criterio seguido, en las poblaciones de mas de 15.000 habitantes).
Por la Guardia Civil en el resto del territorio nacional y en su mar territorial.
Según la 2/86, y que continua vigente, la cual viene recogida anteriormente en legislación pre- constitucional y mantenida hasta cambios según el art. 104 de la Constitución Española.
¿algo más?
Recopio un post mio antes, y pertenece a la 2/86. Pero hay más legislación.
Por tanto no he metido la pata, las leyes hay que leerlas enteras, y si no lo desea, pues googlee un poco. Los acuerdos y demás que permita la ley es otro tema. Pero el carácter general es 15000 habitantes.
Por lo tanto y según he releido en todos los posts que he puesto, NUNCA HE LLAMADO IGNORANTE A NADIE.
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