Esa posibilidad que comentas se recoge como opción por acuerdo en Junta de Seguridad. Es lo mismo que cuando en un pueblo de 4 gatos no hay policía local, ni vigilantes locales, por acuerdo en junta de seguridad la GC puede hacerlo por la obligación de delegación de competencia al objeto de que el ciudadano no quede desamparado ante cualquier situación.
Un saludo.
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