Esto no es de ahora, el art. 29 que cito es del actual reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, que fue modificado por Real Decreto 961/2013 de 26 de diciembre, BOE núm. 309.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango bla, bla, bla...
A partir de ahí cada uno puede interpretar lo que quiera, pero eso es lo que hay aprobado.
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