Los méritos objeto de baremación han de estar en vigor en la fecha en la que se cierre el plazo de inscripción previsto en la convocatoria.
Evidentemente todo mérito que se haya incluido y no cumpla ese requisito no será teniendo en cuenta por el tribunal desde el momento en el que tenga conocimiento de su anulabilidad por lo que puede significar incluso perder una plaza debido a la pérdida de la puntuación relacionada a ese acto viciado.....