Cita Iniciado por cristiano07 Ver mensaje
El DF lo pierdes al no estar disponible.
Lo perdería sólo en el caso de que la no disponibilidad coincidiese con el día que genera el Derecho.
Por ejemplo, un DF generado por el día de Navidad se perdería si no estuviese disponible(por baja, como es este caso) el día 25 de Diciembre.
Pero si su comte de puesto le había puesto el 27 de Diciembre el disfrute de dicho descanso, y fuese ese día el que estuviese de baja, mantendría dicho derecho, YA QUE ESTUVO DISPONIBLE EN LA FECHA QUE SE GENERA EL MISMO