Gracias, yo lo entiendo asi.
los de mi oficina no lo tienen claro.
Gracias, yo lo entiendo asi.
los de mi oficina no lo tienen claro.
Buf... No, si será por darle vueltas. Pues que le den otra más y que lo de deducible, que para el festivo es más que claro, lo apliquen también al sábado 16 de julio, que desde su perspectiva seguro que no se les ha ocurrido.
Pues la norma no puede estar más clara al respecto:
Artículo 5. Configuración, cómputo y modalidades de disfrute de los períodos
vacacionales.
...
4. Al objeto de asegurar el efecto neutro del período vacacional sobre el de referencia
para el cálculo del cómputo horario en la jornada de trabajo correspondiente, se tendrá en
cuenta lo siguiente:
...
6. Cuando los días de inicio o fin en los que se establezcan los turnos de vacaciones
de verano coincidan en sábado, domingo o festivo, y dichos días formen parte del período
vacacional correspondiente, se considerarán inhábiles, deducibles e incluidos en el
período vacacional.
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