Cita Iniciado por Campagnolo Ver mensaje
Discrepo, aunque imagino que es cuestión de interpretaciones, en la afirmación de que la obligación de denunciar toda infracción administrativa compete exclusivamente a los miembros de la Agrupación, ya que la vigilancia del tráfico, a pesar de no ser ésa su misión fundamental por existir la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, corresponde a todos los miembros de la Guardia Civil en el ejercicio de sus funciones, sea cual sea el destino de éstos, sea Seguridad Ciudadana, GAR, Seprona, etc.
Respito; puede ser cuestión de interpretaciones y puede que esté equivocado, pero así lo interpreto yo.
Saludos.-
La vigilancia de tráfico es una de las misiones que puede encomendarse a otras Unidades de la Guardia Civil, pero debe hacerse específicamente, esto es, mediante la papeleta de servicio. Para la ATGC lógicamente no hace falta indicarlo, porque siempre es su misión.