La vigilancia de tráfico es una de las misiones que puede encomendarse a otras Unidades de la Guardia Civil, pero debe hacerse específicamente, esto es, mediante la papeleta de servicio. Para la ATGC lógicamente no hace falta indicarlo, porque siempre es su misión.Discrepo, aunque imagino que es cuestión de interpretaciones, en la afirmación de que la obligación de denunciar toda infracción administrativa compete exclusivamente a los miembros de la Agrupación, ya que la vigilancia del tráfico, a pesar de no ser ésa su misión fundamental por existir la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, corresponde a todos los miembros de la Guardia Civil en el ejercicio de sus funciones, sea cual sea el destino de éstos, sea Seguridad Ciudadana, GAR, Seprona, etc.
Respito; puede ser cuestión de interpretaciones y puede que esté equivocado, pero así lo interpreto yo.
Saludos.-
El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)
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