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  1. #1
    [QUOTE=sorolla;509098]Anulan la sanción por los plazos no entran al fondo del asunto. No hay que venirse arriba con este tema.
    Como gustan los juzgados por estos lares.


    El Tribunal Supremo no se pronuncia sobre el fondo del asunto -si su actitud era sancionable o no-, sino que ratifica el criterio del Tribunal Militar Central de que la sanción se le impuso cuando hacía dos meses que había vencido el plazo legal para hacerlo./QUOTE]

    Si por estos lares gustan los tribunales, suele ser porque son garante de ciertas garantías procesales y legales que se obvian, niegan o desprecian algunas veces, en el ámbito castrense...

    Bajo mi modesto punto de vista, el Supremo ratifica al Militar Central que, esta vez sí, tumba un sinsentido disciplinario escudándose de forma oportuna en los plazos...de esta manera, se pone orden; pero de una de forma que no parezca que se hace, para no desvirtuar al mando sancionador ni a la cadena de disciplina interna, evitando "diplomáticamente", entrar a valorar el fondo del asunto, que sigue pareciendo sonrojante a la luz de la objetividad...
    Vamos, que en este caso en particular "no se pisan la manguera, entre bomberos"...
    Última edición por tedacuen; 07/05/2016 a las 11:17

  2. #2
    tedacuen, muy buena apreciación. Realmente así es
    Gracias a Ciudadanos, Jusapol y al periódico La Razón

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