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  1. #1
    La comandancia en la que cesas con perdida de destino es donde cometiste la falta, si tu ya has cambiado te habrás dado cuanta que el expediente disciplinario te lo sigue instruyendo tu comandancia de origen

  2. #2
    Entonces , la pérdida de destino se considera cumplida, por lo que entiendo.
    Sigues en la que has solicitado antes de que se resolviera el expediente.
    Lo que sí te queda es anotada la falta grave.
    Un saludo

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