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Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1

    Perdida destino

    Buenas.
    Si te imponen una falta grave con pérdida de destino, pero antes de la notificación ya has cambiado de comandancia , tiene efecto en la nueva comandancia ?
    O por el contrario se queda en nada porque ya has salido de la comandancia en que has cometido la falta ?
    Saludos

  2. #2
    La comandancia en la que cesas con perdida de destino es donde cometiste la falta, si tu ya has cambiado te habrás dado cuanta que el expediente disciplinario te lo sigue instruyendo tu comandancia de origen

  3. #3
    Entonces , la pérdida de destino se considera cumplida, por lo que entiendo.
    Sigues en la que has solicitado antes de que se resolviera el expediente.
    Lo que sí te queda es anotada la falta grave.
    Un saludo

  4. #4
    Si te notifican la perdida de destino donde estás destinado actualmente, entiendo que perderías el destino ya que la Ley de Régimen Disciplinario no contempla dicha situación.
    Freedom of speech

  5. #5
    Perdida de destino FORZOSO, entiendo que el destino tiene que ser forzoso y acorde con la Sentencia, que puede en algún caso llevar aparejada la distancia de acercamiento y otras, depende por lo que haya sido la pérdida. El nuevo destino tiene que estar fundado en esos términos, creo que así se esta cumpliendo en la actualidad en todos los casos. Tu nuevo destino puede que cumpla los requisitos y valga para cumplir la Sentencia con fundamentos lógicos para este fin.

  6. #6
    Cita Iniciado por duendecillo Ver mensaje
    Si te notifican la perdida de destino donde estás destinado actualmente, entiendo que perderías el destino ya que la Ley de Régimen Disciplinario no contempla dicha situación.
    Segun tu perderias el nuevo destino, y entonces podria volver al que inicio el expediente no?
    Resulta paradojico....

  7. #7
    Es una buena tecnica, me abren falta grave con perdida de destino , pido destino a cuenta , pierdo el destino de cuenca y vuelvo a mi destino inicial


  8. #8
    Cita Iniciado por coboluda Ver mensaje
    Perdida de destino FORZOSO, entiendo que el destino tiene que ser forzoso y acorde con la Sentencia, que puede en algún caso llevar aparejada la distancia de acercamiento y otras, depende por lo que haya sido la pérdida. El nuevo destino tiene que estar fundado en esos términos, creo que así se esta cumpliendo en la actualidad en todos los casos. Tu nuevo destino puede que cumpla los requisitos y valga para cumplir la Sentencia con fundamentos lógicos para este fin.
    Según entiendo por lo que dices , si fundamentas el nuevo destino te quedas!
    Pero este nuevo destino es VOLUNTARIO , no FORZOSO.
    Un saludo.

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