Cita Iniciado por canguro Ver mensaje
Está autorizado el uso de la barba crecida en su forma y color natural o en su caso teñido del mismo color que el pelo, aseada y arreglada con corte uniforme, con una longitud máxima de 2 cm. y sin sobrepasar la nuez. Se llevará siempre con bigote y siguiendo el contorno natural de la cara.


Se podrá utilizar perilla, simétrica, con bigote cubriendo el mentón en su totalidad y en las mismas condiciones que la barba completa. Su anchura no será mayor que la del bigote.
Donde viene lo que expones?