Te doy la razón en el sentido de que depende de la delegación en la que te encuentres puedes recibir una atención magnífica o pésima, porque son las delegaciones las que tienen esa responsabilidad, y cada una es un mundo como cada uno de nosotros. Pero también te digo que cualquiera de los socios, pertenecientes a esa delegación, pueden llegar a ser representantes de las mismas, porque somos una asociación democrática y todos podemos presentar candidatura a Secretario General provincial, y cambiar eso a mejor. De hecho ha ocurrido en algunas delegaciones que funcionaban regular y tras un cambio de JDP han empezado a ir como un tiro. Los representantes asociativos son guardias, como tú y como yo, que un día decidieron dar el paso al frente. La puerta está abierta para todo el mundo...pero ya te aviso que requiere de sacrificios (personales, familiares y laborales) y que te criticarán despiadadamente cuando cometas un error. No obstante te animo a ello.
Para el control y gestión de los servicios jurídicos, al igual que la atención al socio, las delegaciones tienen plena autonomía. Por lo que te digo lo mismo que en el apartado anterior, si crees que la gestión es mejorable...
En lo primero que dices te doy la razón en que es un tema gravísimo, pero no conozco ningún caso que haya acabado así porque es muy difícil, si no imposible, demostrar la pérdida de aptitud profesional de una persona y la administración sabe que en vía contencioso administrativa se ganaría siempre. En cuanto a lo segundo, es una normativa que afecta a TODOS los funcionarios, incluidos nuestros compañeros del CNP. ¿ Qué puedes hacer contra una ley que el más alto tribunal no la declara inconstitucional ? Patalear y poco más, porque no debemos olvidar que las leyes, en un estado de derecho, las hace el parlamento. Ni los trabajadores, ni los ciudadanos afectados, ni nadie más.
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