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Resultados 1 al 7 de 7
  1. #1

    Consulta grado sanción trafico

    Saludos.
    He sido sancionado por arrastrar un remolque (embarcación) con una pma de 650 kg por un vehículo con pmr sin freno de 575 kg. 75 kg de exceso.
    ¿Como se tipifica esta sanción? ¿leve, grave o muy grave?
    ¿Es procedente la inmovilización del remolque?.
    ¿Cuantía de la sanción?
    Agradecería respuesta. Es que a los agentes los vi un poco verdes( no solo por el uniforme) y fue un rato largo de consultas a libros y de comunicaciones por radio.
    Agradecido por vuestra ayuda.

  2. #2
    Llama a la DGT.
    Si los compañeros consultaron libros es porque al ser unos excelentes profesionales quisieron denunciarte acorde a la legalidad.
    Y recuerda las FyCS denuncian, la que sanciona es la DGT.-

  3. #3
    Sr. Muniflex.
    Gracias por su respuesta. Si mi pregunta intuye que no actuaron con profesionalidad no era mi intención. Son muchas horas de carretera las que llevo debido a mi trabajo como para saber que la carretera es hoy mas segura gracias a la GC.
    saludos.

  4. #4
    Espero que le pueda servir de ayuda rafael oliver. Tan sólo dos cuestiones?
    1 La sanción se la impusieron agentes de la Agrupación de Tráfico o Agentes de Seguridad Ciudadana?
    2 En su consulta no especifica si la denuncia ha sido impuesta al reglamento general de Transportes (figuro que es así) siendo el caso de que haya sido sancionado con un exceso de peso, la Comunidad Autónoma correspondiente. No obstante, y con permiso de los moderadores le adjunto un link el cual he encontradopara que pueda servir de ejemplo aclaratorio.

    http://www.notasracing.com/2014/03/0...s-y-vehiculos/ por internet
    Freedom of speech

  5. #5
    Una cosa más. La autoridad competente para sancionar dicha infracción es la Comunidad Autonóma donde se produjo la infracción. La consejería de Transportes le abría un proceso sancionador en el cual Vd, podrá presentar alegaciones al mismo y se graduará la sanción correspondiente
    Me he permitido la libertad de hallar su porcentaje de exceso de peso según tabla adjunta del Ministerio de Fomento y en su caso es un 11'53 % de exceso de peso con lo cual es una falta leve sancionada con una multa entre 301 a 400 Euros. Un saludo
    https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...-sanciones.htm
    Freedom of speech

  6. #6
    Supongo que le darían una copia de la denuncia, en la misma le vendrá reflejado el precepto infringido y la cuantía de la denuncia, en este caso se puede calificar como Grave Art. 9.1.5C del Reglamento de vehículos, sancionada con 200€, o como Muy Grave, Art. 9.1.5B del mismo Reglamento, sancionada con 500€, en los dos casos se podría acoger al 50% de descuento en caso de pronto pago, la diferencia entre una u otra es si existe grave perjuicio para la seguridad víal, que quedaría a criterio de los agentes, aunque supongo que en este caso aplicarían la sanción Grave, dispone usted de 20 días desde la notificación tanto para realizar alegaciones como para acogerse al 50% de descuento.


    Un saludo.

  7. #7
    Gracias por las respuesta.
    La denuncia la pusieron agentes de tráfico.
    No pesaron el conjunto de vehiculo y remolque, no hizo falta pues la denuncia es textualmente " incompatibilidad de conjunto según el anexo I de la rgveh".

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