Supongo que le darían una copia de la denuncia, en la misma le vendrá reflejado el precepto infringido y la cuantía de la denuncia, en este caso se puede calificar como Grave Art. 9.1.5C del Reglamento de vehículos, sancionada con 200€, o como Muy Grave, Art. 9.1.5B del mismo Reglamento, sancionada con 500€, en los dos casos se podría acoger al 50% de descuento en caso de pronto pago, la diferencia entre una u otra es si existe grave perjuicio para la seguridad víal, que quedaría a criterio de los agentes, aunque supongo que en este caso aplicarían la sanción Grave, dispone usted de 20 días desde la notificación tanto para realizar alegaciones como para acogerse al 50% de descuento.
Un saludo.
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