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Resultados 1 al 6 de 6
  1. #1

    Busqueda de informe del comite de PJ sobre elementos esenciales

    Me gustaría encontrar el informe del comite de PJ, referente a los elementos esenciales, ¿alguien sabe como conseguirla?

    Buscando me encontre esto en el foro de guardianes del asfalto. copio pego

    Ante ciertas dudas surgidas en la interpretación del citado artículo, en la reunión del Comité Técnico de Policía Judicial del día 27.10.15 se estableció que en principio los derechos fijados en el artículo 118 se corresponden con los que asisten al investigado en el momento procesal eminentemente judicial y no policial.


    En este sentido, por tanto, los derechos que asisten al investigado (detenido o no) en fase de actuación policial, serán en general los previstos en el Artículo 520 especificados en el punto 2.3.FORTALECIMIENTO DE GARANTÍAS Y DERECHOS PROCESALES. DETENCION. ASISTENCIA Y DEFENSA del informe de referencia.

    De este modo, y en particular, no habrá que incluir comprendidos en los derechos del investigado (detenido o no) en sede policial el acceso (por sí o por su abogado) a examinar (todas) las actuaciones, sino que la obligación alcanza sólo a que pueda acceder y ser por tanto informado de los elementos de las actuaciones esenciales para impugnar la legalidad de la detención, esto es, los necesarios para instar un procedimiento de “Habeas Corpus”, siendo estos (como se relata en el informe de referencia) los siguientes:


    Lugar, fecha y hora de la detención,

    Lugar, fecha y hora de la comisión del delito,

    Identificación del hecho delictivo que motiva la detención y breve resumen de los hechos,

    Indicios de los que se deduce la participación del detenido en el hecho delictivo (indicios genéricos, ejemplo: reconocimiento por diversas personas o declaración de testigos -sin determinar su identidad-; huellas dactilares, etc ).

  2. #2
    Tengo el original escaneado en pdf, pero no se como subirlo.

    Es muy util para enseñarselo a abogados que se quieran pasar de listos. Uno me decía que que es eso de la Comisión Nacional de PJ, que a el lo que digan nuestros mandos le da igual y que al próximo que no le facilite las diligencias completas le pone una querella, ja ja aja.

  3. #3
    Si lo escribes tal cual el google te sale, pero no está actualizado.

    Yo lo descargué por casualidad hace una semana o así

  4. #4
    A mí un abogado me insistió en que le diera el atestado entero, y aparte de enseñarle el escrito este que acaban de poner, le expliqué que por sentido común y más siendo letrado debería saber que si yo le doy acceso a todas las actuaciones y mañana el juez decreta un secreto de sumario, puedo haber cometido una revelación de secretos, toda vez que le he dado acceso a unas actuaciones que han sido declaradas secretas, con lo cual, prefiero que me ponga una queja que hable con mi superior o lo que sea antes de que me metan un puro. El abogado me dio la razón y me dijo que mirándolo desde ese punto de vista yo tenía razón!

  5. #5
    Me parece buen razonamiento.
    Encontre una vieja pero esa no es..., por si hay que enseñárselo a alguno, aunque creo que ellos tienen otro de la abogacía del estado que dice que si tienen acceso....
    Última edición por muyverde; 29/06/2016 a las 22:09

  6. #6
    Pues yo una vez que me lo pidieran y le dije que denegado sin más, me lo pidió por escrito, se lo di, me prometió que mi vida iba a ser un infierno, le denuncie por falta de respeto a la nueva ley de seguridad ciudadana , le sancionaron, recurrió , lo perdió y mi vida sigue igual de siempre

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