Sólo puede cederse el corporativo cuando estés de vacaciones, asuntos particulares, baja, etc. Por días libres no, el corporativo tiene que llevarlo siempre el comandante de puesto.
Esto es siempre así.
Sólo puede cederse el corporativo cuando estés de vacaciones, asuntos particulares, baja, etc. Por días libres no, el corporativo tiene que llevarlo siempre el comandante de puesto.
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