Que en el material que a ellos se le haya incautado no se aprecie una clara violencia física no descarta que se haya podido producir un presunto abuso. Existen periciales, como el que se pueda elaborar por psiquiatras forenses, que así lo confirmen a posteriori. El juez del video llega a la conclusión de que allí se produjo una situación de intimidación que pudo doblegar la voluntad de la posible victima al encontrarse esta sola con cinco varones. Ella en efecto pudo no decir que no a lo que se le pidiera u ordenase, pero tampoco dijo un si ni dio la aceptación clara de un consentimiento, ni tan siquiera parcial, a la situación que allí se produjo. El juez lo refleja en su escrito.
La declaración de la posible víctima no ha cambiado mucho en el tiempo, hasta donde se conoce a día de hoy se sustenta bastante con las declaraciones de los testigos que han ido apareciendo posteriormente. Contando además que tras ese episodio, dio muchos detalles que para una víctima de una presunta violación podrían ser incluso hasta difíciles de recordar. Hay por menores, como la ubicación del portal, las calles...donde si hubo una cierta contradicción en su relato, pero nada relevante para la instrucción y para el juez porque también hay que tener en cuenta de que la chica no es residente de la ciudad.“las declaraciones formalmente coincidentes de los procesados no resisten el contraste con las grabaciones de vídeo realizadas por ellos mismos en el portal en las que no se aprecia consentimiento alguno por parte de la víctima sino mero sometimiento a una apabullante situación de superioridad física y numérica y de abandono ante la imposibilidad de oponerse a las pretensiones lúbricas impuestas por sus agresores”.
“no existe reclamación de acción alguna por la víctima sino simple tolerancia pasiva, permaneciendo siempre con los ojos cerrados, no se detecta colaboración sino ejercicio de superioridad física por parte de los agresores, ni se aprecia tampoco el alegado trato cariñoso sino más bien el manejo forzado de su cuerpo agarrándola incluso del pelo para obligarla”
“No se oye ninguna petición expresa de consentimiento para determinados actos ni la actitud de los procesados durante las grabaciones indica que esperen ese consentimiento específico para nada de lo que ejecutan, ni para una grabación de la que la víctima no da muestras de ser consciente en ningún momento y que se produce en posiciones especialmente vejatorias para las que es impensable que hubiera podido prestar tal consentimiento, ni se atisba finalmente indicio alguno del disfrute por parte de la víctima siquiera mínimamente de los actos que se ve obligada a soportar”
“debe tenerse en cuenta que fue introducida de forma sorpresiva en un portal viéndose en un espacio reducido y rodeada por varios varones con una complexión física muy superior a la suya quedándose en circunstancias en las que cualquier oposición o solicitud de auxilio puede valorarse como inútil y desde luego lo que no se percibe en ningún momento en las grabaciones es que diga que sí o acepte de buen grado ninguna de las prácticas de los procesados”
Le agradecería que relatara donde ha podido mentir la víctima, según una testigo, y cuáles son esas lagunas tan difíciles de explicar.
El testigo que refuerza la historia de ellos de que fueron a un hotel buscando habitación, es el portero del mismo. Más que reforzar la historia de ellos, da credibilidad y sustenta la declaración de la chica. No olvidemos que ella dio ese dato también.
"Antes de llegar al portal habían intentado entrar en un hotel pero el portero no se lo permitió porque les dijo que no estaban alojados allí"
Sobre los whatsapp donde dicen lo de la burundanga y demás asuntos, de momento no tienen calado en la instrucción ni relevancia, mas allá de la que cada uno le quiera dar a entender.
Todavía no se puede descartar el uso de cualquier tipo de sustancia, si el juez aun sugiere ese factor, habrá que esperar a los informes o análisis que haya en trámite o se puedan solicitar. Que la denunciante o los denunciados hayan descartado o aceptado ese estado, no tiene por qué ser una metedura de pata para la instrucción ya que existen procedimientos por los cuales se podría comprobar.
De este extremo me llama la atención de que lo descarte por supuesto y tome, para bien, lo que declaro la chica, pero para el resto de informaciones y relatos, no le valga tanto o ponga en duda lo que ella pudo decir. Un tanto contradictorio por su parte.
Los presuntos hechos que se han producido son de una gravedad que da lo mismo que fueran en San Fermín o en San Nicolás. Lo que expuso la denunciante, el material que existe, las versiones de los demandados y los testigos y el presunto robo del teléfono de la chica, son hechos que están tipificados en el Código Penal como delitos de agresión sexual con penetración o violación en los que aparecen como autores los cinco procesados "cada uno en relación con el ejecutado personalmente y como cooperadores necesarios respecto a los ejecutados por el resto", así como de un delito de robo con violencia o intimidación.
Ateniendo a esto, la prisión incondicional y una fianza para asegurar la responsabilidad civil, es una medida ajustada a la legalidad. Comparar ahora esto con otros casos, además de no tener relación ninguna porque pueden ser casos totalmente diferentes, es un argumento demagógico y que no demostraría absolutamente nada.
Si tiene a bien a responder, tiene en una intervención mía en la página anterior una serie también de preguntas que no me quedaron claras por parte suya en varios comentarios aquí publicados. Se lo expongo a continuación.
Un saludo.Luego el usuario "stanford" afirma también una serie de cosas que no están probadas y que son percepciones personales que de momento no demuestran nada a nivel de instrucción. Afirma lo siguiente en un mensaje;
"lo ocurrido en el portal esta desvirtuado hace tiempo con la declaración de la mujer que vivía allí, otra cosa es que tú no quieras leerlo.
Me gustaría conocer porque esta desvirtuado, quien lo ha desvirtuado y donde lo puedo leer. Sigo este caso de primera mano y no conocía este punto al que llega.
En otro mensaje dice;
"si te contara lo que se ve en los vídeos y la foto....normal que ella dijese que no se acuerda de nada....como para describir eso e intentar convencer que te están violando...te voy a dar una pista, en la última entrevista que he colgado uno de los periodistas dice que ha visto la foto y que desde luego no le parece que la estén forzando... "
Por su afirmación se entiende que ha podido tener acceso al material, cosa que desconozco y me parecería muy extraña porque ese material no puede salir del juzgado y además se han denegado toda copia de ellos, pero le pediría que desarrolle por favor algo más su apreciación ya que parece ser muy contraria a la que ha podido tener el propio juez instructor, es más, es como si hablara de otro video o material radicalmente diferente porque de su consideración a la llegada por el juez, es todo distinto.
Por la foto que un periodista ha visto y que parece una cosa que no es...existiendo un video que documenta lo que paso, no es un dato muy significativo ni que arroje nada nuevo a la investigación. No se puede afirmar "desde luego no le parece que la estén forzando... “cuando hay otro material, relatos y valoraciones que ponen en entredicho lo que a ese periodista le haya podido parecer por un fotograma del mismo. No es relevante.
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