Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 501 al 510 de 1036

Ver modo hilado

Mensaje anterior Mensaje anterior   Próximo mensaje Próximo mensaje
  1. #11
    A alguno le hace falta decir que el Juez ha cometido un delito de detención ilegal con estos detenidos para exonerarlos de toda culpabilidad.

    Recordemos que los detenidos lo están por que «existe una grabación de parte de los hechos que ostenta gran importancia al permitir la observación de una situación acorde con la realidad de los actos de naturaleza sexual denunciados y que se corresponde con la narrada por la denunciante» y que las versiones de los detenidos no se ajustaron a esa realidad y generaron muchas dudas cuando fueron interrogados.

    Las características que puedan existir del acto de una presunta violación no se evalúan nada más que a través de señales físicas, también se tienen en cuenta las psicológicas. Que un parte médico no arroje a priori señales físicas clarividentes de que se ha producido un abuso, no significa que este no se haya producido y que así se confirme a posteriori por parte de psiquiatras forenses. El propio juez ante la ausencia de una espacial violencia física así lo declara que pudo «ser suficiente para doblegar la voluntad de la posible víctima una situación de intimidación derivada de la realidad de encontrarse sola frente a cinco varones, sin necesidad de sufrir lesiones físicas relevantes»

    En la grabación que los detenidos realizaron de su acción, el juez llega por lo visualizado a extraer las siguientes conclusiones;

    “las declaraciones formalmente coincidentes de los procesados no resisten el contraste con las grabaciones de vídeo realizadas por ellos mismos en el portal en las que no se aprecia consentimiento alguno por parte de la víctima sino mero sometimiento a una apabullante situación de superioridad física y numérica y de abandono ante la imposibilidad de oponerse a las pretensiones lúbricas impuestas por sus agresores”.

    “no existe reclamación de acción alguna por la víctima sino simple tolerancia pasiva, permaneciendo siempre con los ojos cerrados, no se detecta colaboración sino ejercicio de superioridad física por parte de los agresores, ni se aprecia tampoco el alegado trato cariñoso sino más bien el manejo forzado de su cuerpo agarrándola incluso del pelo para obligarla”

    “No se oye ninguna petición expresa de consentimiento para determinados actos ni la actitud de los procesados durante las grabaciones indica que esperen ese consentimiento específico para nada de lo que ejecutan, ni para una grabación de la que la víctima no da muestras de ser consciente en ningún momento y que se produce en posiciones especialmente vejatorias para las que es impensable que hubiera podido prestar tal consentimiento, ni se atisba finalmente indicio alguno del disfrute por parte de la víctima siquiera mínimamente de los actos que se ve obligada a soportar”

    “debe tenerse en cuenta que fue introducida de forma sorpresiva en un portal viéndose en un espacio reducido y rodeada por varios varones con una complexión física muy superior a la suya quedándose en circunstancias en las que cualquier oposición o solicitud de auxilio puede valorarse como inútil y desde luego lo que no se percibe en ningún momento en las grabaciones es que diga que sí o acepte de buen grado ninguna de las prácticas de los procesados”

    Con lo cual, del video se puede extraer por lo reflejado por el juez y las defensas que no hubo una connivencia clara y una aceptación, ni siquiera parcial, por parte de la chica a esos hechos. Las defensas ante esto se escudan en que todo momento las relaciones allí mantenidas fueron consentidas porque ella no dijo en ningún momento explícitamente que no a los actos que fue sometida, pero tampoco dijo explícitamente un si a estos mismos, la forma de unas relaciones consentidas que allí supuestamente se tuvieron, difieren bastante de las prestablecidas cuando la chica en el video no tiene una actitud placentera sino de tolerancia pasiva, sin colaborar y con los ojos cerrados, y en posiciones vejatorias inclusive forzadas que generaban risa y ánimos entre ellos, sumando además, que tras este acto fue encontrada por testigos, entre ellos policías municipales, en estado de shock, llorando y desconsolada.

    Ahora el examen psicológico a la chica valorara las posibles secuelas que ese episodio le pudo ocasionar.

    El usuario "stanford" afirma que el parte de lesiones no juega a favor de la chica porque no ha habido violencia física ni verbal. Esto no es condición sine qua non para anular la versión de la chica, la presunta agresión, ni los presuntos delitos de los acusados. Aún existen periciales como ese examen psicológico que puede ofrecer un diagnostico distinto al que pueda arrojar el parte de lesiones. Termina también afirmando que "no hubo violencia sobre la denunciante" y llega a esa conclusión por lo argumentado anteriormente, decirle que es una afirmación muy aventurada porque ya le digo, aún quedan periciales y una de las características principales de una violación, además del empleo de la violencia física, es el empleo también de una violencia psicológica o de mecanismos que lleven a anular un consentimiento, y esto todavía no se ha resuelto.

    Luego el usuario "stanford" afirma también una serie de cosas que no están probadas y que son percepciones personales que de momento no demuestran nada a nivel de instrucción. Afirma lo siguiente en un mensaje;

    "lo ocurrido en el portal esta desvirtuado hace tiempo con la declaración de la mujer que vivía allí, otra cosa es que tú no quieras leerlo.

    Me gustaría conocer porque esta desvirtuado, quien lo ha desvirtuado y donde lo puedo leer. Sigo este caso de primera mano y no conocía este punto al que llega.

    En otro mensaje dice;

    "si te contara lo que se ve en los vídeos y la foto....normal que ella dijese que no se acuerda de nada....como para describir eso e intentar convencer que te están violando...te voy a dar una pista, en la última entrevista que he colgado uno de los periodistas dice que ha visto la foto y que desde luego no le parece que la estén forzando... "

    Por su afirmación se entiende que ha podido tener acceso al material, cosa que desconozco y me parecería muy extraña porque ese material no puede salir del juzgado y además se han denegado toda copia de ellos, pero le pediría que desarrolle por favor algo más su apreciación ya que parece ser muy contraria a la que ha podido tener el propio juez instructor, es más, es como si hablara de otro video o material radicalmente diferente porque de su consideración a la llegada por el juez, es todo distinto.

    Por la foto que un periodista ha visto y que parece una cosa que no es...existiendo un video que documenta lo que paso, no es un dato muy significativo ni que arroje nada nuevo a la investigación. No se puede afirmar "desde luego no le parece que la estén forzando... “cuando hay otro material, relatos y valoraciones que ponen en entredicho lo que a ese periodista le haya podido parecer por un fotograma del mismo. No es relevante.

    Otro mensaje que me llamo la atención es el del usuario "isuro2" que ante la noticia de que algunos de los detenidos buscaron una habitación de hotel en San Fermín y en respuesta a "sorolla" que define esta acción como de ser unos "ignorantes", el afirma lo siguiente:

    "Sera de ignorantes o no, pero deja en MUY mala posición a la chica, porque demostraría que tuvo intención de acostarse con los 5 chicos, Aunque luego podría haberse negado a montárselo en el portal, es cierto, pero judicialmente creo que la desacredita y mucho, posiblemente más si se le olvidó mencionar este detalle en su declaración"

    Esa noticia no deja en muy mala posición a la chica, más bien todo lo contrario porque ella en la declaración inicial si reflejo este dato en su declaración;

    "Antes de llegar al portal habían intentado entrar en un hotel pero el portero no se lo permitió porque les dijo que no estaban alojados allí"

    Mencionó esto en su declaración, demuestra todo lo contrario al ratificarse por parte del portero de ese hotel y en absoluto la desacredita, es un dato que sustenta su declaración inicial.

    Por ultimo sobre el teléfono de la chica, según declara esta, tras los hechos se lo quitaron de una riñonera dejando en el portal solo la tarjeta SIM, la tarjeta de memoria y una funda. De aquí el juez concluye de que la sustracción del teléfono, además de la imputación de un presunto delito de robo con fuerza, refuerza la existencia de la superioridad física coactiva y colectiva de los detenidos al apropiarse de este y de una actitud por parte de ella de estar ante una situación de absoluta ausencia de consentimiento o tolerancia siendo especialmente vulnerable, tratándose de una chica de dieciocho años que se encontraba sola.

    La información por parte de los detenidos acerca de este hecho es que fue uno de ellos mientras se producían los hechos.

    Esto a nivel personal choca bastante, que por un lado se alegue por parte de las defensas un consentimiento en todo momento y una predisposición por parte de la chica, y que luego se conozcan que actuaron o que uno actuó así, genera un cierto desconcierto y muchas dudas...
    Última edición por Onen; 23/09/2016 a las 16:14

Marcadores