Viernes y lunes SÍ se pueden pedir. Lo que dice el 5.3 es interpretable, como casi todo, pero en este caso el 5.2 nos ayuda a ver la luz, no creo que a nadie le pongan pegas por pedir los cinco días mínimos, también hábiles consecutivos, de miércoles a martes, por ejemplo. En ambos casos, los sábados y domingos es como si no existiesen, salvo para contarlos como descanso semanal a los solos efectos bla bla, bla bla...
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