La Comunidad de Madrid multará con hasta 45.000 euros por insultar gravemente en redes sociales.

13/12/2016 17:43

El Gobierno regional ha aprobado el proyecto de Ley sobre la Igualdad de Trato y la Protección contra las Acciones de Incitación al Odio, la Discriminación y la Intolerancia, que establece hasta 45.000 euros de multa por comportamientos homófobos o xenófobos. Concretamente, fija sanciones leves, como insultar a través de las redes sociales, se tipifica con una multa de hasta 3.000 euros; graves, de entre 3.001 y 20.000; y muy graves, desde 20.001 hasta 45.000 euros. El grado dependerá de los daños causados, la permanencia de las repercusiones, el número de personas afectadas, la intencionalidad del infractor y la reincidencia.

on hasta 45.000 euros por insultar gravemente en redes sociales
FacebookTwitter
Whatsapp

La Comunidad de Madrid multará con hasta 45.000 euros por insultar gravemente en redes sociales


Cristina Cifuentes durante una intervención en rueda de prensa. COMUNIDAD DE MADRID
Twitter
Facebook
Whatsapp
88
JAIME G. TRECEÑO
13/12/2016 17:43
El Gobierno regional ha aprobado el proyecto de Ley sobre la Igualdad de Trato y la Protección contra las Acciones de Incitación al Odio, la Discriminación y la Intolerancia, que establece hasta 45.000 euros de multa por comportamientos homófobos o xenófobos. Concretamente, fija sanciones leves, como insultar a través de las redes sociales, se tipifica con una multa de hasta 3.000 euros; graves, de entre 3.001 y 20.000; y muy graves, desde 20.001 hasta 45.000 euros. El grado dependerá de los daños causados, la permanencia de las repercusiones, el número de personas afectadas, la intencionalidad del infractor y la reincidencia.


No son las policías locales las que interponen las sanciones, sino la propia Administración y para poder hacerlo es necesario que haya una denuncia formal. La única salvedad es en las cuestiones muy graves, según ha aclarado un portavoz regional.

«La ley es de aplicación, dentro del ámbito de las competencias de la Comunidad de Madrid a las personas físicas y jurídicas, ya sean públicas o privadas, que se encuentren o actúen en su territorio, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, en los términos y con el alcance que se contemplan en la ley, salvo lo que se disponga en la normativa en materia de extranjería o en los tratados internacionales y en las demás que resulte de aplicación», sostiene el proyecto en su artículo 3. Un portavoz regional aclaró que "sólo podrá sancionarse los insultos que ofensas que se produzcan en la región». Es decir, que si realizan desde provincias vecinas no será sancionado.


http://www.elmundo.es/madrid/2016/12...d558b46d9.html



Otra norma más de cara ala galería y un titular de prensa.