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Resultados 1 al 5 de 5
  1. #1

    Cambio del seguro del vehículo.

    Buenas noches me gustaria saber si me podeis resolver una duda resulta que me quiero cambiar de seguro el vehículo me cumple el 11 del mes que viene hoy me he hecho una poliza con otro seguro, e ido a la aseguradora que tengo anterior y me dice el asegurador que si no lo he comunicado con dos meses de antelacion me lo reclamaran por la via judicial os ha ocurrido a algunos de vosotros que os lo hallan metido judicialmente o solo lo dicen para meter miedo un saludo.

  2. #2

    Re: Cambio del seguro del vehículo.

    Aunque muchos usuarios recurren a la táctica de dejar de pagar el recibo cuando desean anular la póliza en cuestión en realidad no es correcta, además, faculta a las aseguradoras a reclamarnos el importe total de la póliza por no haber comunicado en el plazo oportuno nuestra intención de no renovar el citado seguro.

    Algunas personas piensan que con el simple hecho de no pagar la prima del seguro es suficiente para instar la no renovación de un seguro. No obstante, si bien las compañías no suelen iniciar en la práctica ningún tipo de procedimiento jurídico contra ellas, la actual legislación establece que si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza.

    Así, paraevitar tener que pagar por un seguro dos veces, con el consiguiente coste y dolores de cabeza que esto nos puede acarrear, lo mejor que podemos hacer es solicitar la no renovación de la póliza, en el plazo que estipula la Ley, concretamente y como verá a continuación, en la actualidad se trata de dos meses, aunque en la propia póliza, según las condiciones de la misma y el tipo de compañía, se pueden contemplarse plazos inferiores. No obstante, si podemos solicitar al la compañía el precio de la renovación con dos meses de antelación, y en base a esa cantidad, actuar en consecuencia.

    Concretamente, según la Ley de Contrato de Seguro en su Artículo 22º, tanto la aseguradora como el tomador del seguro pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con al menos un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.

    Desde seguros.es, y con el fin de evitar malentendidos, recomendamos comunicar la no renovación mediante el envío de un telegrama o burofax a la sede social de la compañía, con indicación de los datos del tomador, número de referencia de la póliza y la indicación inequívoca de que no se va a renovar la misma al próximo vencimiento.

    Otros medios alternativos de comunicación, aunque menos recomendables desde el punto de vista legal, podrían ser presentar un escrito en el agente del seguro, exigiéndole el acuse mediante la colocación de firma, cuño de empresa, fecha y DNI del receptor, o el envío de un fax con guarda del reporte de envío.

    Si tienes dudas acerca de dónde encontrar el domicilio de la compañía o la fecha de vencimiento de la póliza no olvides que la podrás encontrar y consultar en la póliza en cuestión.

    En el citado escrito, valdría incluir un texto similar al siguiente:

    Asunto: Cancelación de la póliza de seguro

    Compañía de seguros: .............
    Asegurado: (Nombre y apellidos)
    Dirección asegurado: .............
    Nº Telf contacto: .............

    Nº Póliza: .............
    Matrícula vehículo asegurado: .............
    Marca y modelo: .............

    En ............. a .............

    Referencia: póliza nº .............

    Muy Sres. míos:

    Por la presente, les comunico mi deseo de no prorrogar la póliza de referencia correspondiente al vehículo matrícula ............., que tiene fecha de vencimiento el día ............., cumpliendo para ello el plazo de preaviso de dos meses.

    Les ruego que me confirmen la tramitación de mi petición.

    Un saludo cordial,
    (Firma)

    Notas:
    Según el art. 22 de la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro: «Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso».

  3. #3

    Re: Cambio del seguro del vehículo.

    O sea que no me puedo cambiar de seguro, aunque el otro me salga mas barato.-

  4. #4

    Re: Cambio del seguro del vehículo.

    Comunicándoselo antes de que caduque normalmente la compañía te da de baja, y si no comprueba que te has dado de baja unos días antes comunicándoselo por escrito y luego ve y da un parte por un accidente nada mas caducar la fecha anterior y verás como te dicen que te has dado de baja en la fecha que has puesto y no se hacen cargo de nada a pesar de que no lo has comunicado con los dos meses de antelación. Si tú no quieres seguir con esa compañía lo normal es que te den de baja inmediatamente para salvarse luego malos entendidos. Los daños y perjuicios que alega la compañía al final no denuncian nada.

  5. #5

    Re: Cambio del seguro del vehículo.

    esta claro que segun la ley hay que notificar la no renovación 2 meses antes de la fecha de renovaci´pon es por ley...

    yho me voy a REALE me sale mas barato...

    sirve enviar un mail a la compañia. ????

    supongo que si

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