Yo de lo que he leido, entiendo claro,

Que si tengo noche de 22 a 6, mi ultimo servicio tuvo que terminar a las 22, es decir que no puedo tener M/N

Lo de que trabajador nocturno es el que haga x noches... falso, y verdadero, solo a efectos de productividad.

De 22 a 6 esta reconocido como servicio nocturno, lo que equivale a el dia que tengas noche, ser ese dia un trabajador nocturno ¿O a caso es de dia? Hay que ser serio y que no nos metan la burra de culo.

Yo voy a realizar la correspondiente instancia a partir de septiembre, este mes por logica, ya esta planificado, hay que ser inteligente, en un dia no puedes pedir dicho cambio, pero el 29 de agosto que comienza el nuevo cuadrante ya se conocia esta normativa antes de su elaboracion.

Instanciar, alzada, contencioso, ese es el camino a seguir.

A no ser que os gusten los M/N Sal T M T. Etc... y no querrais un M M T T N N L L L L