Con relación al tema que inicia este tema, queda claro que la Ley 2/86 dice lo que dice. Así las cosas como ya han comentado anteriormente, entiendo que en caso de tener que intervenir, valorar la situación y que tipo de actuaciones llevar a cabo. Lo que si quiero introducir es que si ya tenemos poca "protección legal" cuando se actúa de servicio y uniformado, considerar cuando estamos francos de servicio.
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