Viene regulado en la 2/86
"Dedicación profesional.
Deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana."
Hasta qué punto debes actuar o no? Pues yo lo tengo bastante claro. Si creo que puedo controlar la situación, actuaré. No me voy a meter sólo en una riña tumultuaria... Daré aviso y prestaré apoyo a los compañeros si es necesario.
Sentido común en definitiva.
Marcadores