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  1. #1

    Trabajador nocturno solo 8 horas permitidas en 24 horas ,


  2. #2
    Entonces entiendo que se acabó el hacer el mañana/noche por ley??

  3. #3
    Y el noche / noche también.

    Pero esto es como todo, hasta que lo veamos pasaran años

  4. #4
    Noche Noche entiendo que si se puede, es lo que tiene CNP, ellos en su normativa sobre la jornada laboral lo especifican, se aplica ese turno cumpliendo con la Directiva 2003/88/CE art.8, por esos tienen esos turnos M-M-T-T-N-N-S-L-L-L-L

  5. #5
    M/N no se puede pero si NN, siempre lo he dicho !! El M/N es matador total !! A mi hacer NN no me quema ni una décima parte q un M/N.
    Se hace de 6 a 14, 8 h descanso y de 22 a 6, las 24 horas empiezan a contar desde las 6 a.m , por lo que desde las 6 a.m hasta las 6 a.m dek día siguiente son 16 horas .No se cuenta desde las 00:00,

  6. #6
    Alférez Avatar de comunista
    Fecha de ingreso
    14 oct, 09
    Ubicación
    Algún lugar para volver a empezar.
    Mensajes
    1,948
    Eso y cuantas veces en ves de terminar a las 14:00 acaba a las 14:30 y a las 22:00 otra vez cuanta explotación hemos tenido y medio empezamos a ver luz en el tunel pero aun queda mucho por recorrer y no me dara tiempo de verlo, al ir tan despacio.
    Ahí tenemos a la policia Nacional con su turno fijo desde abril y nosotros a pedir de boca del COMTE DE PUESTO.

    CUANTO TRIPLETES HICIMOS Y AHORA CUANTOS DOBLETES PUES PARECE QUE SE ACABA.

  7. #7
    alguien tiene el optimismo que se aplicarà en la gc?
    Campaña MUNDIAL o UNIVERSAL, para evitar seguir viendo haber en lugar de a ver y Hay en lugar de Ay!

  8. #8
    La DGGC sacará unas FAQS para pasarse la normativa europea por el arco de triunfo.

  9. #9
    No es por nada, me gustaría que se aplicará.
    Pero dice trabajador nocturno y eso la Gc ya dijo que era para los que hagan muchasssss noches.
    Si haces una a la semana como mi caso no llegas.

  10. #10
    Cita Iniciado por thisaj Ver mensaje
    No es por nada, me gustaría que se aplicará.
    Pero dice trabajador nocturno y eso la Gc ya dijo que era para los que hagan muchasssss noches.
    Si haces una a la semana como mi caso no llegas.
    Lo de trabajador nocturno es a efectos para cobrar el plus y reconocimiento médico.

    Cualquier servicio que se realice de 22.00 a 08.00 con al menos tres horas es nocturno, por lo tal en ese momento tienes consideración de trabajador nocturno, por lo que se te tiene que aplicar ese real decreto.

    Cnp tiene esos turnos porque la unión europea prohíbe el doblete mañana/noche, y lo hace reflejar muy bien que se basan en esa normativa europea en su normativa de jornada laboral.

    Lo que tiene que pasar es que esto de aplique a la GC cuanto antes, pues no hay una normativa, sino que ahora hay dos, una normativa europea y otra española.

    Y en caso de que no se quiera aplicar a la GC tocará que las asociaciones denuncien y ganarlo en los juzgados.

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