No se, pero aun así creo haber entendido, por comentarios, que Si puedes reclamar que esos dos años y medio te cuenten como trienios (osea, que cuenta como tiempo para trienios en la gc), ya que la excedencia ha sido para trabajar en otra administración, en este caso, una administracion local. No se, seguiré indagando haber si alguien sabe o ha conocido de caso similar. Aun asi, gracias.
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