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  1. #1

    Lesión en baeza

    Buenas! Alguien sabría decirme que pasa si te lesionas en baeza? Te aplazarían las pruebas de educación fisica? O en caso suspenderlas pasarias a la siguiente promoción o como?

  2. #2
    Comandante
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    Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

    Artículo 22. Dispensa de convocatoria.
    El Director del correspondiente centro docente de formación, previo parecer de la Junta Docente, si se hubiera constituido, podrá otorgar dispensa de convocatoria, aplazando su realización, por alguna de las causas siguientes:

    a) Enfermedad o lesión que impida su presentación a la convocatoria, según informe en el que dicha circunstancia quede expresada explícitamente en certificado médico oficial.

    Artículo 28. Plazos para superar el plan de estudios.
    1. El alumnado deberá superar el proceso de formación en un plazo máximo de tres cursos académicos, excepto si, por motivos de accidente, lesión grave o enfermedad, debidamente acreditados y justificados ante los Servicios Médicos del centro docente, se ha tenido que repetir un curso académico, en cuyo caso podrá incrementarse dicho plazo en un curso más.

    2. En caso de no superar el correspondiente plan de estudios de formación en los plazos fijados y con las convocatorias reflejadas, el alumnado causará baja en el centro docente de formación.

    Artículo 31. Evaluación de la asignatura de Formación Física.

    1. Para superar la asignatura será necesario alcanzar las marcas mínimas establecidas en la normativa que regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.

    2. El número máximo de convocatorias para esta asignatura será de cuatro.

    3. Se celebrarán, al menos, dos evaluaciones y calificaciones en el curso académico.

    El resultado de estas evaluaciones tendrá la consideración de primera convocatoria.

    Si por cualquier circunstancia un alumno o alumna no pudiese ser evaluado dos veces, para determinar las notas del curso y finales de la asignatura se tendrá en consideración lo siguiente:

    a) Si no pudo ser evaluado en la primera de las evaluaciones, la obtenida será la derivada de la segunda de las evaluaciones.

    b) Si sólo fue evaluado en la primera evaluación, la calificación obtenida será de cinco (5), siempre que hubiera superado las marcas mínimas exigidas en dicha evaluación.

    4. En el caso de no superar la asignatura, se dará opción a una sola prueba extraordinaria, que tendrá lugar antes del comienzo del curso siguiente, con la consideración de segunda convocatoria.

    5. Si en esta segunda convocatoria no se superase la evaluación, el alumno o alumna deberá repetir el curso académico, siguiendo el proceso indicado en los apartados 3 y 4 (tercera y cuarta convocatoria).

    6. Las calificaciones de la asignatura vendrán determinadas por las marcas que vaya obteniendo el alumnado, siendo el resultado de transformar a puntuaciones, comprendidas entre cero (0) y diez (10) puntos, y conforme a criterios predeterminados, los objetivos didácticos que sucesivamente se alcancen. La puntuación final correspondiente al nivel mínimo exigido será la de cinco (5) puntos.

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id...2021-9632#a3-3
    Última edición por ruido; 27/11/2022 a las 00:25

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