Es una orden Judicial. Se le informa a la Autoridad que cita, bien el citado o a través de la Autoridad con la circunstancia de la baja médica y responden si o no, en función del tipo de baja, procedimiento judicial,etc.
No hay una norma fija en este caso salvando que hay que pedirlo antes y no pasar del tema.
No ir, sin solicitarlo, solo por estar de baja puede tener consecuencias para el citado.
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