Hay que aclarar que Youssef Belhadj no fue condenado por el 11-M sino absuelto por el Tribunal Supremo de la acusación de inductor de los atentados, es lo que dice expresamente la sentencia:
"IV. 11.3. Por último, la imputación a Youssef BELHADJ como inductor -partícipe- en los atentados del 11 de marzo de 2004, tampoco resulta probada. No está probado que Youssef BELJHADJ sea dirigente de uno de los grupos teroristas que se engloban bajo la denominación, cada vez más genérica, de Al Qaeda. Tampoco se acredita la existencia de una dependencia jerárquica entre los autores y cooperadores necesarios de los atentados de Madrid y el procesado. Y, más allá de todo esto, no consta siquiera la existencia de un “canal de transmisión de órdenes” a uno de cuyos lados esté el procesado y al otro uno o varios individuos subordinados a él.
Por último, la inferencia que se pretende hacer de los datos de registro proporcionados por el comprador del terminal Sansung encontrado en el dormitorio de Youssef BELHADJ en el registro de Bélgica, tampoco conduce, de forma lógica y sin forzamiento alguno, en conjunción con otros datos, a afirmar la responsabilidad del procesado. Dicho aparato se compra el 19 de octubre de 2003 y se hizo constar que el adquirente era Catherina Paquet, nacida el 11-03-1921, con domicilio en el número 84 de la calle Léscaut de Molenbeek St.Jean. De ahí las acusaciones extraen que la fecha de nacimiento es una clave que contiene la fecha de los atentados -el 11 de marzo- y los dos últimos números del año -1921- hacen referencia a la sura 21 del Corán. Desconociéndose quien hizo la compra y no constituyendo un indicio unívoco contra BELHADJ, debe operar el principio in dubio pro reo.
En definitiva, el Tribunal declara a Youssef BELHADJ responsable criminal en concepto de autor de un delito de pertenencia a banda armada, organización o grupo terrorista, como mero integrante y le absuelve de la cualificación como dirigente y de la acusación como inductor de los atentados."
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