Nosotros si detenemos a las 3 de la mañana avisamos a las 3 de la mañana, no voy a tener detenido un menor de 3 a 8 de la mañana ilegalmente puesto que el fiscal puede decidir ponerlo en libertad a las 03:05 de la mañana.

A nosotros nos tiran de las orejas siempre e intentan que llamemos a las 8 de la mañana , todo de boca pero no se atreven a decirlo por escrito.
Nos da igual , seguimos llamando a las 3 de la mañana , jamas JAMAS te podran sancionar ni hacer nada contra tuya por estar cumpliendo ese requisito de la LECRIM, por mucho que pongan el grito en el cielo. A mi me llegaron a pedir el numero de identificación y juro en arameo que se me caeria el pelo por despertarle. Al final se quedo con el dedo metido en el culo , la propia comandancia contesto que yo hice cumplir la ley estrictamente a dicho Fiscal.
Sin embargo como dicen arriba deten un menor a las 3 y que se te suicide a las 4 y que no hayas avisado al fiscal , lo primero que dirá este es que el hubiera ordenado su puesta en libertad o revision psicologica a las 03:01 pero como no le llamaste pues negligencia del guardia.
Y te ves en un segundo en un embolao y lloviendote ostias que no sabes ni por donde viene...

Mi consejo: Haz lo que diga el LECRIM , CODIGO PENAL y leyes procesales en vigor.