si los dos libres que te ponen el martes y miercoles no son de descanso semanal si te pueden poner tarde
La duda es la interpretación hecha por el que hace el cuadrante, ya que está claro que antes del descanso semanal (de 48 horas) NO se puede poner tarde el día de antes, pero, y si tienes dos descansos semanales porque te ha cuadrado así?
Osea, que el finde tienes libre y antes no te pone tarde, pero es que el martes y miércoles de esa semana también tienes libre, pero el lunes SI te pone tarde, ya que aducen que tu descanso semanal es el finde, y ahí sí aplican la norma, pero no en los libres de esa misma semana.
Así: Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
T L L M M L L
si los dos libres que te ponen el martes y miercoles no son de descanso semanal si te pueden poner tarde
Pero está incumpliendo el descanso de martes, miércoles que es el que te pertenece de la semana siguiente. Haz una instancia y que te responda eso.La duda es la interpretación hecha por el que hace el cuadrante, ya que está claro que antes del descanso semanal (de 48 horas) NO se puede poner tarde el día de antes, pero, y si tienes dos descansos semanales porque te ha cuadrado así?
Osea, que el finde tienes libre y antes no te pone tarde, pero es que el martes y miércoles de esa semana también tienes libre, pero el lunes SI te pone tarde, ya que aducen que tu descanso semanal es el finde, y ahí sí aplican la norma, pero no en los libres de esa misma semana.
Así: Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
T L L M M L L
Si es descanso semanal,incumple la norma, por lo tanto procede reclamación. Si es libre festivo,singularizado u otro, no procede
No pueden. Despues de un servicio hay que descansar 11 horas. Asiq si acabas de currar a las 22 no puedes empezar un DAS o LF a las 00.00
Lo dice la norma y lo dijo un juez pero los de los bastones interpretan lo que les parece.
No se puede tener tarde si es descanso semanal. Si son libres por festivos, exceso de horas o por descanso acumulado si que te pueden poner tarde
También te pueden poner tarde si al día siguiente es vacaciones , asunto propio, licencia u otro tipo de permiso
Pero no habian puesto una cadencia fija?? O eso solo es para las oficinas y negociados
Hay una sentencia que dice que no. Si a las 00 empiezas un descanso/libre/permiso... tienes derecho a 8/11 horas previas sin trabajar.
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