Cita Iniciado por Parquitos Ver mensaje
Pon la norma o sentencia donde pone que no se puede tener Tarde y despues DF, es para instruirnos ya que yo no tengo conocimiento de éso

La Norma es una OG. dice que tras un servicio hay que tener 11 horas de descanso salvo que al dia siguiente tengas permiso, descanso semanal o vacaciones que será de 8. Asique si tengo tarde dificilmente puedo empezar un descaso festivo a las 00

Y la sentencia es de un juzgado de malaga, buscala por google o en la web de augc