A ver
La norma pone que el descanso previo es solo para los descansos semanales no especificando nada de los otros descansos
El resumen es este:
SI PUEDES tener TARDE antes de un DESCANSO FESTIVO , DESCANSO SINGULARIZADO O NO DEDUCIBLE( DF, DSA,DND)
NO PUEDES tener TARDE antes de un DESCANSO FESTIVO, VACACIONES O PERMISOS (DS)
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