Cita Iniciado por dsf Ver mensaje
La norma pone que después de cualquier servicio 11 de descanso diario, para eso supuestos que pones sería de 8 horas porque así lo especifica. Si no lo especifica será de 11 horas no que no exista.
El resumen que pones es cierto, de momento, pero no porque lo diga la norma si no porque lo ordena así la superioridad.

Este tema de los descansos con tarde, los dobletes, los vacalibres y alguno más que me dejo en el tintero, no lo pone la norma, lo pone una interpretación maliciosa que poco a poco van siendo tumbadas en los juzgados. Lo que pasa que entre tanto nos lo tenemos que comer 4/5 años y sin ninguna consecuencia como siempre.
Pone 11 horas general pero también pone que antes de desncanso semanal , vacaciones etc mínimo 8

c) De ocho horas consecutivas, después de finalizado cualquier servicio,cuando tras dicho descanso comience el disfrute de un descanso semanal, de unperiodo de vacaciones o de un permiso de Semana Santa o Navidad.

Como SOLO obliga dichas horas antes de descanso semanal y no pone nada de otros descansos como singularizados etc, pues pueden poner Tarde antes de descanso excepto el Semanal. Y como la Guardia Civil es así de happy pues coge la excepción como la regla...

Es cierto que es una interpretación un tanto maliciosa

Saludos