Sí, los DF solo se pierden en caso de pedir AP sobre los días que generan el descanso festivo.
Yo no lo interpreto así Alextororo.
Entiendo que para generar un DF debes estar disponible para el servicio.
Como bien dices, de baja, AP o vacaciones Ordinarias (entiende que hablamos de cualquier festivo, por ejemplo el 12 de octubre que se puede pedir vacaciones) no se genera.
Pero con permiso de semana santa, tampoco se genera al no estar disponible para el servicio. Corrígeme si me equivoco, pero para generarlo debes estar disponible para el servicio (Ds, DAS, Df, Dsj, Dnd...).
Yo por si acaso, cuando me toca el segundo turno, pido lunes martes y miércoles de SS y jueves y viernes de Ds para generarlo.
Es que creo recordar empezar a hacerlo así porque hace varios años me pasó. Pero claro, te hablo de 10 años quizás?? Tantos años que empiezo a veces a olvidar vivencias propias.
Pero según leo en la O.G., interpreto que si estás de permiso de semana santa jueves y viernes santo NO se genera el Df.
Última edición por homer1991; 27/02/2025 a las 12:31 Razón: Error ortográfico
Entonces perderías 2 DF anuales que el resto de compañeros si que disfrutarían… NO es culpa del afectado que el año en curso le toque ese turno por narices…yo entiendo que al no ser estos 3 días de vacaciones al uso, los DF se te respetan… pero a ver si alguien arroja algo de luzYo no lo interpreto así Alextororo.
Entiendo que para generar un DF debes estar disponible para el servicio.
Como bien dices, de baja, AP o vacaciones Ordinarias (entiende que hablamos de cualquier festivo, por ejemplo el 12 de octubre que se puede pedir vacaciones) no se genera.
Pero con permiso de semana santa, tampoco se genera al no estar disponible para el servicio. Corrígeme si me equivoco, pero para generarlo debes estar disponible para el servicio (Ds, DAS, Df, Dsj, Dnd...).
Yo por si acaso, cuando me toca el segundo turno, pido lunes martes y miércoles de SS y jueves y viernes de Ds para generarlo.
Es que creo recordar empezar a hacerlo así porque hace varios años me pasó. Pero claro, te hablo de 10 años quizás?? Tantos años que empiezo a veces a olvidar vivencias propias.
Pero según leo en la O.G., interpreto que si estás de permiso de semana santa jueves y viernes santo NO se genera el Df.
Pero es que el turno son más días. Nadie obliga a pedir miércoles jueves y viernes. Se puede coger lunes martes y miércoles.Entonces perderías 2 DF anuales que el resto de compañeros si que disfrutarían… NO es culpa del afectado que el año en curso le toque ese turno por narices…yo entiendo que al no ser estos 3 días de vacaciones al uso, los DF se te respetan… pero a ver si alguien arroja algo de luz
Última edición por homer1991; 27/02/2025 a las 16:32 Razón: Error ortográfico
Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 16
2. Cuando alguno de los días festivos que generan los descansos establecidos en el apartado anterior coincida con el disfrute de los permisos correspondientes a los periodos de Semana Santa y Navidad, se mantendrá el derecho a dicho descanso, con independencia de la situación de disponibilidad para el servicio, que se hará efectivo durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas. Esta circunstancia tampoco será de aplicación al personal incluido en el régimen específico de prestación del servicio.
Antes de pedir hay que dar...
Gracias compiOrden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 16
2. Cuando alguno de los días festivos que generan los descansos establecidos en el apartado anterior coincida con el disfrute de los permisos correspondientes a los periodos de Semana Santa y Navidad, se mantendrá el derecho a dicho descanso, con independencia de la situación de disponibilidad para el servicio, que se hará efectivo durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas. Esta circunstancia tampoco será de aplicación al personal incluido en el régimen específico de prestación del servicio.
De nada.
Un saludo.
Antes de pedir hay que dar...
Muchas gracias por la aclaración.Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 16
2. Cuando alguno de los días festivos que generan los descansos establecidos en el apartado anterior coincida con el disfrute de los permisos correspondientes a los periodos de Semana Santa y Navidad, se mantendrá el derecho a dicho descanso, con independencia de la situación de disponibilidad para el servicio, que se hará efectivo durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas. Esta circunstancia tampoco será de aplicación al personal incluido en el régimen específico de prestación del servicio.
Correcto. Te corresponden esos DF aunque estés disfrutando el permiso de Semana Santa o si por coincidencia te corresponden DS.
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