Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil cuya denominación, composición y utilización se recogen en la Orden General no. 12 de 28 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de la Guardia Civil» no. 1, de 12 de enero de 2010) de Uniformidad del Cuerpo de la Guardia Civil.
Te ponen el uniforme y si se ve el tatuaje te echan
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