He estado buscando y hay bastante información acerca de las retribuciones en la academia de policía cuando uno ya es funcionario de carrera. Todo parece que lleva a que sí que se cobran las retribuciones del anterior puesto en el periodo académico hasta el nombramiento de policía en prácticas que pasarías a cobrar como un policía.
Hay normas jurídicas de ello y alguna sentencia como la de un policía local que pasó a la PN y el ayuntamiento no le quería pagar mientras estaba en la academia de Ávila.
He llamado a la academia en Ávila pero deben estar de vacaciones supongo porque no me lo cogen. Si alguien sabe algo más referente a esto por favor que me diga.
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