Se debería tener un tiempo máximo de uso de pabellón, para que todo el mundo pueda optar a uno y se beneficie durante un tiempo, pongamos 5 años.
En 5 años te da tiempo para ahorrar algo, comprar o vivir de alquiler después.
Regulación pabellones GC
///....El modelo diseñado para la Guardia Civil en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, mantiene como uno de los aspectos singulares de la condición de guardia civil la obligada movilidad geográfica derivada de la disponibilidad por razones del servicio, con objeto de asegurar que las unidades del Cuerpo dispongan en todo tiempo de los profesionales adecuados y que éstos puedan desarrollar trayectorias enriquecedoras del propio perfil profesional para responder a las demandas de la organización y en definitiva de la sociedad.
A estos aspectos singulares, hay que añadir que la disponibilidad permanente para el servicio, proclamada como principio básico de actuación en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aconseja que una parte significativa de los componentes de una Unidad resida en las viviendas oficiales, tradicionalmente denominadas “pabellones”, facilitando de esa manera la localización del personal y el disponer de importantes medios de reacción ante situaciones de urgencia o necesidad.
Igualmente, el peculiar despliegue territorial de las unidades del Cuerpo, que alcanza a localidades donde la falta o inadecuación de viviendas privadas, sus altos precios de alquiler, u otras circunstancias, dificultan la posibilidad de que los guardias civiles encuentren un lugar adecuado donde residir con su familia.
A veces, adquieren gran importancia razones o motivos de seguridad, pues el residir en viviendas oficiales que dispongan de medios técnicos y planes de protección y el evitar los desplazamientos diarios entre el domicilio y las dependencias oficiales, dificultan las posibles acciones de agresión a los guardias civiles y a sus familias.
Tampoco podemos olvidar la conveniencia de que los guardias civiles residan en su lugar de destino, como medio para alcanzar su integración en la comunidad donde desarrollan su labor, que ha sido sin duda una de las razones de la pervivencia en el tiempo de la Institución.
Todas estas circunstancias obligan a mantener una política de viviendas oficiales que despliegue sus efectos en dos ámbitos esenciales: el social, procurando satisfacer, en lo posible, las necesidades de vivienda de los guardias civiles que han de estar sometidos a frecuentes cambios de destino y localidad; y el operativo o de necesidades del servicio, facilitando el cumplimiento de las funciones asignadas en las mejores condiciones posibles...///
Juzguen, se cumplen los objetivos a día de hoy de la OG?
Pienso que habiendo plazo máximo de ocupación todos nos podríamos beneficiar y nos podriamos acercar más a cumplir el objeto de los pabellones, ya que por desgracia no hay para todos ni hay compensación económica para el que no lo tiene.
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