Hola,mi consulta era porque desde hace tiempo me surge la siguiente duda , mi padre que era guardia falleció en atentado terrorista en 1980 , mi pregunta es si él debe ascender a título póstumo según hubiera ascendio alguien de su promoción , un ejemplo , si un compañero de promoción de mi padre llegó a teniente el debería ascender a ese empleo y que mi madre cobrase la pensión con dichos derechos económicos ? Gracias